lunes, 26 de mayo de 2014

Pensiones. Consultas Frecuentes

Mi esposo falleció hace 4 años y tenía aportes en relación de dependencia, pero no reunió la cantidad necesaria para una jubilación ¿puedo reunir los aportes con la moratoria?
Si su esposo se encontraba afiliado autónomo, puede hacer la moratoria Ley 24476, caso contrario NO.

¿Cuál es el trámite que debo hacer para la moratoria si mi esposo estaba afiliado?
Debe solicitar la Clave Fiscal ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) correspondiente a su domicilio, con del D.N.I.

El trámite de Pensión Derivada fue rechazado al momento de la solicitud por web, informando
que debo concurrir a la UDAI para acreditar datos de los hijos, ¿tengo que solicitar turno?
No. Debe acercarse a la UDAI correspondiente al domicilio, con la documentación de los hijos sin solicitar turno.

Percibo una Prestación por Edad Avanzada (PEA) ¿puedo iniciar el trámite de Pensión Directa por la Web?
No. Son incompatibles. Puede optar por uno de los beneficios, dependerá del monto de los mismos.

¿A qué Asignaciones tengo derecho percibiendo una Pensión?
Una vez otorgada la pensión, los beneficiarios tienen derecho a cobrar las siguientes Asignaciones Familiares: cónyuge, cónyuge con discapacidad, hijo, hijo con discapacidad,  y la ayuda escolar anual.

¿Cómo es el trámite si el solicitante es conviviente?
Si el/la solicitante es conviviente deberá acreditar la convivencia durante por lo menos 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento del causante. El plazo se reduce a 2 años cuando exista descendencia reconocida por ambos.

¿Cómo es el trámite si el causante era activo?
Si el fallecido estaba activo, se deberá presentar todas las certificaciones de servicios que acrediten los períodos trabajados por él. También se deberá presentar certificado de defunción.

¿Cómo es el trámite si el causante era jubilado?
Si los datos en la base de ANSES están correctamente cargados (datos personales del causante,  datos personales del solicitante/derechohabiente, y los datos de sus relaciones familiares) y la persona era jubilada, puede tramitarse por Internet. En el caso de que no fuera así, se debe presentar la documentación que acredite los datos personales y las relaciones familiares.



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