martes, 6 de agosto de 2013

¿Es obligatorio realizar horas extras? ¿Se deben abonar las horas extras?

La ley laboral establece que si bien el trabajador no está obligado realizar horas extras, éste deberá prestar su colaboración en caso de peligro, accidente, fuerza mayor, o por exigencias excepcionales de la economía nacional o de la empresa.
A pesar de que realizar horas extras pueda ser una obligación para el trabajador en casos excepcionales - es decir que no puede ocurrir siempre ni extenderse demasiado en el tiempo -, el empleador deberá abonar al trabajador esas horas extras con un recargo del cincuenta por ciento (50%) calculado sobre el salario habitual si se tratare de días comunes, y del ciento por ciento (100%) en días sábado después de las trece (13) horas, domingo y feriados.
Por ejemplo, si la hora de trabajo es $ 100, el empleador deberá abonar $ 150 (50% más) la hora extraordinaria realizada de lunes a sábados, mientras que deberá abonar $ 200 (100% más) si trabajó un sábado luego de las 13.00, un domingo o un feriado.

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