viernes, 31 de agosto de 2018

Si ya estás cobrando la Reparación Histórica, aceptá el acuerdo para seguir recibiendo el aumento.

Si ya aceptaste el acuerdo por internet, tenés tiempo hasta el 30 de septiembre para firmarlo en una oficina.

Es una propuesta de actualización de montos de jubilaciones y pensiones que se puede aceptar mediante la firma de un acuerdo.

A quiénes les corresponde

Jubilados y pensionados que hayan o no hayan iniciado juicio por reajuste de haberes antes del 30 de mayo de 2016 y estén alcanzados por el programa.

Requisitos

  • Cobrar una jubilación y/o pensión y estar incluido en el programa. Se puede averiguar ingresando a Mi ANSES/Reparación Histórica con Clave de la Seguridad Social.
Si el reajuste es superior a $ 500:
  • Contar con un abogado patrocinante. En el caso de no haber iniciado juicio, el trámite es GRATUITO, ya que ANSES se hará cargo de los honorarios profesionales.
  • Tener registrada la huella dactilar del titular y del abogado. Si el titular está imposibilitado de trasladarse, fue declarado incapaz judicialmente o la huella es ilegible, podrá solicitar la exención de la huella. Si reside en el exterior, tampoco es necesario.

Monto

El monto varía según el caso, se puede consultar en Mi ANSES/Reparación Histórica.
A las personas que:
  • Tengan juicio iniciado se les pagará el 50% del retroactivo y el otro 50% en cuotas trimestrales (iguales, consecutivas y actualizadas por el índice de movilidad) durante 3 años.
  • No tengan juicio iniciado un retroactivo desde el momento de suscripción del acuerdo, en caso de corresponder.

Trámite

Existen dos tipos de trámites, dependiendo del monto del reajuste:
Si el reajuste es inferior a $ 500 (procedimiento abreviado)
El trámite es totalmente por internet y sin necesidad de un abogado. Sólo será necesario que el jubilado o pensionado acepte la propuesta desde Mi ANSES/Reparación Histórica y se dará por finalizado el trámite.
Si el reajuste es superior a $ 500 (procedimiento general)
El trámite se inicia por internet y luego, para la suscripción del acuerdo, el titular o su apoderado deberá presentarse con su abogado en una oficina de ANSES con turno.
Cuando el titular no pueda presentarse, el abogado deberá retirar el acuerdo impreso y hacérselo llegar para que lo firme:
  • Si está imposibilitado de moverse, donde se encuentre en presencia de un escribano.
  • Si no está en el país, suscriba el acuerdo certificando tu firma vía Consulado.
Luego el abogado lo deberá presentar en la oficina de ANSES de donde lo retiró y firmarlo frente a un funcionario del organismo.
Si no iniciaste juicios contra ANSES, el patrocinio del abogado es GRATUITO, ya que el costo es soportado por ANSES.
ANSES firmó convenios con distintos Colegios de Abogados, Defensores del Pueblo y Defensorías Públicas para que puedas ser patrocinado en forma gratuita.

El Blog cuenta con mucha informacion importante. Accede a ella usando el buscador

Entradas populares