lunes, 5 de septiembre de 2011

Futuros Jubilados

Moratoria

Los trabajadores autónomos o en Relación de Dependencia que reúnan los requisitos de edad para acceder a las distintas prestaciones, podrán inscribirse en este régimen de regularización voluntaria a efectos de completar los años de servicios con aportes faltantes.
En todas las prestaciones, los períodos a incluir por moratoria Ley 25.865 con aplicación de Ley 24.476, deben estar comprendidos dentro del siguiente tramo: Desde el 01/01/1955 al 30/09/1993 y a partir desde los dieciocho (18) años de edad.

Pasos a seguir

La adhesión a la moratoria se realiza mediante el sistema informático denominado "SICAM - Sistema de Información para Contribuyentes autónomos y Monotributistas" de la AFIP.
Al efectuar la adhesión al plan de facilidades (moratoria) por el SICAM, se debe tener presente que el mismo, no será susceptible de modificación alguna con posterioridad al otorgamiento y puesta al pago de la prestación solicitada.
Es requisito indispensable haber abonado tanto la 1ra. cuota de la moratoria como así también las sucesivas cuyos vencimientos operen antes de la presentación ante ANSES en demanda de la prestación.Una vez iniciado el trámite las restantes cuotas serán descontadas por ANSES del haber de la prestación otorgada, salvo aquellas solicitudes que de acuerdo a las normativas vigentes deban abonar el total de la deuda en un solo pago.
A efectos de considerar como Fecha Inicial de Pago la fecha en que se realizó la deuda por SICAM, la solicitud de la prestación debe presentarse ante ANSES dentro de los 45 días hábiles contados desde la fecha en que realizó la deuda por SICAM si a ese momento reuniera los restantes requisitos de Ley para acceder a la prestación peticionada.
Si cumple con los requisitos y cuenta con la documentación requerida de la prestación que desea solicitar, debe entrar a la Autopista de servicios y solicitar un turno, o comunicarse al teléfono gratuito 130 de 8 a 14hs., opción 5.
En el momento de iniciar el trámite de jubilación en la delegación de ANSES designada debe acompañar el acuse de recibo de la presentación realizada en el sistema SICAM a través de la página Web de AFIP, el formulario de declaración jurada F. 159 y formulario N° 799/E acompañado del ticket correspondiente al pago de la cuota y todas las impresiones del sistema SICAM.

Prestaciones que puede solicitar

Jubilación Ordinaria

Para reunir los 30 (treinta) años de servicios requeridos, también podrá hacer uso de Declaración Jurada por tareas en relación de dependencia o autónomas: Art. 38 de Ley 24.241 hasta el 31/12/1968. Art. 3° de Ley 24.476 hasta el 30/09/1993. Tener en cuenta que estos años por Declaración Jurada deben ser consignados a partir de la fecha en que se cumplieron los 18 años de edad, que la cantidad de años de los mismos será de acuerdo al año de cese o presentación, no pudiendo superar el límite de 7 años.

Retiro Transitorio por Invalidez – Condición de Aportante

Para los trabajadores autónomos es requisito indispensable estar afiliado como tal con anterioridad a la fecha en que se produjo la incapacidad.
Si con los aportes ingresados no reúne la calidad de aportante regular, con esta moratoria podrá completar los 30 años de servicios con aportes y así adquirir la condición de aportante regular. En caso de tener 12 meses de aportes dentro de los 60 últimos, con esta moratoria podrá completar los 15 años de servicios con aportes y adquirir así la condición de aportante irregular con derecho.

Pensión por Fallecimiento de Afiliado en Actividad Ley 24.241

Si el causante ha sido trabajador autónomo, es requisito indispensable que haya estado afiliado como tal con anterioridad a la fecha de fallecimiento.
Si el causante, a la fecha de fallecimiento, no reúne la calidad de aportante regular, los derechohabientes podrán completar con esta moratoria los 30 años de servicios con aportes para ser considerado aportante regular. Si el causante, con anterioridad a su fallecimiento hubiera acreditado 12 meses de aportes dentro de los 60 últimos, los derechohabientes podrán completar con esta moratoria los 15 años de servicios con aportes y de este modo ser considerado aportante irregular con derecho.
En esta prestación el/la peticionante también podrá invocar años de servicios por declaración jurada conforme art. 38 de ley 24.241.

Pensión por fallecimiento de afiliado en Actividad

A efectos de adquirir derecho a este beneficio, los derechohabientes pueden acogerse a esta moratoria siempre y cuando el causante se encontrare afiliado formalmente como autónomo con anterioridad al deceso y si el período de deuda incluido en el plan de facilidades no fuese inferior al año inmediato anterior al fallecimiento.
No obstante la posibilidad de acogimiento a la moratoria, al momento de peticionar el beneficio el plan de facilidades debe estar cancelado en su totalidad en un solo pago.

Prestación por Edad Avanzada

Para cumplir con los requisitos que se exige para esta prestación (diez años de servicios con aportes computables con cinco (5) de ellos prestados durante el período de ocho (8) inmediatos anteriores al cese), podrá invocar el Régimen de Regularización Voluntaria. Los cinco (5) años de antigüedad en la afiliación no pueden ser acreditados mediante la inclusión de períodos de aportes amparados en planes de facilidades de pago o moratorias ya que este requisito debe ser cumplido con aportes regulares, es decir, en tiempo y forma

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