miércoles, 29 de diciembre de 2010

Reducción de cargas sociales para nuevos empleos: vence el plazo

Hasta el 31 de diciembre se encuentra vigente la reducción de contribuciones patronales en caso de la iniciación de una nueva relación laboral o de la regularización de una relación preexistente, con ausencia total de registración

El próximo viernes vence un importante beneficio para los empleadores.
Dentro del régimen de blanqueo y la amplia moratoria impositiva se implementó una reducción de contribuciones patronales, en caso de la iniciación de una nueva relación laboral o de la regularización de una relación preexistente, con ausencia total de registración.

En concreto, el pago de cargas sociales se reduce a la mitad el primer año, mientras que durante el segundo período anual sólo se ingresa el 75% de las cargas patronales. De acuerdo a la información a la que pudo acceder este medio, el Gobierno se encuentra analizando prorrogar el beneficio hasta fines del año próximo, ya que vence el 31 de diciembre de 2010.

Si bien desde el organismo recaudador no brindaron más detalles sobre la posibilidad de una nueva prórroga, altas fuentes confirmaron que se "inspeccionará a los empleadores que hicieron uso del beneficio", ya que presumen que, en muchos casos, no cumplen con los requisitos necesarios para acceder al alivio fiscal.
Desde el Estudio Arizmendi, explicaron las claves del régimen que -hasta el momento- se encuentra vigente hasta el 31 de diciembre próximo.
Puntualmente, se reducen las contribuciones de los siguientes subsistemas de la seguridad social:

  • Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.
  • Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI).
  • Fondo Nacional de Empleo.
  • Régimen Nacional de Asignaciones Familiares.
  • Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores.
Asimismo, no se encuentran comprendidas dentro de la reducción de contribuciones las destinadas a obras sociales y las cuotas destinadas a las Administradoras de Riesgos del Trabajo.

El beneficio se divide en dos etapas. Durante los doce primeros meses del inicio de la relación laboral, el empleador sólo ingresa el 50% de las contribuciones antes citadas y por los segundos doce meses se paga el 75% de dichas contribuciones.

Por otra parte, la ley establece casos puntuales en que la empresa no podrá hacer uso del beneficio respectos de los siguientes trabajadores:
  • Cuando los dependientes hayan sido declarados en el régimen de la seguridad social hasta el comienzo de la vigencia de esta ley, y continúen trabajando con posterioridad.
  • Tampoco corresponde cuando se ha producido la ruptura del contrato de trabajo y el mismo empleador reincorpora al empleado, dentro de los doce meses contados desde la extinción del contrato anterior.
  • El beneficio tampoco corresponderá cuando el nuevo trabajador sea contratado dentro de los doce meses contados a partir de la extinción sin causa de la relación laboral y haya estado comprendido en el régimen general de la seguridad social.
  • Los empleadores tampoco podrán gozar del beneficio cuando se constate personal no registrado por períodos anteriores a la fecha en que la ley tenga efecto o posteriores a dicha fecha y hasta dos años de finalizado el régimen de reducción de cargas.
Para conservar el beneficio, las compañías no pueden disminuir la plantilla total de trabajadores hasta dos años después de la finalización del régimen de beneficios.

Nuevas pautas para incorporar personal

Complementariamente, ya rigen nuevas pautas que deberán seguir las empresas al momento de incorporar y desafectar personal.

Puntualmente, el nuevo sistema registral llamado "Mi Simplificación II" apunta a:
  • Agilizar los pasos a cumplir, por parte de los empleadores, para dar de alta y de baja a sus dependientes y,
  • Reforzar la lucha contra la evasión de cargas sociales.
Desde el fisco nacional, precisaron que los cambios abarcan a más de 7.200.000 trabajadores registrados y 550.000 empleadores.
Daniel Pérez, titular del estudio que lleva su nombre, explicó que "esta modificación, implica una profundización y mejora respecto de la unificación y control del sistema registral laboral y de la Seguridad Social, el que, ha sido una experiencia exitosa en cuanto a la conformación de bases integradas".

Al respecto, Marcelo Domínguez, coordinador de la Comisión Tributaria de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce), destacó que, en el nuevo sistema, "todos los datos a cargar por el empleador se encuentran dispuestos en tablas, previéndose la posibilidad de exportarlos a sistemas propios y realizar búsquedas dinámicas de información".

El Blog cuenta con mucha informacion importante. Accede a ella usando el buscador

Entradas populares