martes, 14 de agosto de 2018

Resolución 3/2018. CNEPSMVM. Salario Mínimo, Vital y Móvil. Incremento escalonado. Seguro desempleo.

Se fija el nuevo Salario Mínimo Vital y Movil, para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley 20.744, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos en que el Estado Nacional actúe como empleador, según la siguiente escala:


a) A partir del 1/9/2018, en $ 10.700 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo y en $ 53,50 por hora para los trabajadores jornalizados.
b) A partir del 1/12/2018, en $ 11.300 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo y en $ 56,50 por hora para los trabajadores jornalizados.

c) A partir del 1/3/2019, en $ 11.900 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo y en $ 59,50 por hora para los trabajadores jornalizados.

d) A partir del 1/6/2019, en $ 12.500 para los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal de trabajo a tiempo completo y en $ 62,50 por hora para los trabajadores jornalizados.
Salario Mínimo Vital y Móvil

A partir del 01/09/2018: $ 10.700
A partir del 01/12/2018: $ 11.300 
A partir del 01/03/2019: $ 11.900 
A partir del 01/06/2019: $ 12.500
Asimismo, se incrementan los montos mínimo y máximo de la prestación por desempleo, conforme a lo normado por el artículo 135, inciso b), de la ley 24013, fijándose las sumas siguientes:

a) A partir del 1/9/2018, en $ 2.488,85 y $ 3.982,17.
b) A partir del 1/12/2018, en $ 2.628,41 y $ 4.205,47.
c) A partir del 1/3/2019, en $ 2.767,90 y $ 4.428,77.
d) A partir del 1/6/2019, en $ 2.907,53 y $ 4.652,06.
 

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