¿Qué debe hacer un trabajador que, a diferencia de Martín, sufre discriminación salarial y cuenta con la formación requerida para el puesto que ocupa?
Según el Subdirector del Departamento de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de la Universidad de Buenos Aires, Fernando Caparrós , al trabajador le será suficiente probar que realiza determinadas tareas, describir cuáles son, y que las mismas son iguales o similares a las del resto de sus compañeros, que perciben una remuneración mayor . El empleador tendrá la obligación de demostrar, por su parte, que los trabajadores reciben una mayor retribución por cumplir con causas objetivas, como mayor eficacia, mayor laboriosidad o contracción al trabajo.
¿Qué sucede si realiza tareas de rango superior al de su categoría y recibe un salario que corresponde a un rango menor?
Si esto ocurre, el trabajador podrá demandar a su empleador realizando las demostraciones antes mencionadas. Si la corte falla a favor del empleado, la empresa deberá pagar una fuerte suma indemnizatoria y multas.
¿En qué leyes y convenios se puede basar para hacer la denuncia?
Si bien el artículo 14 bis de la Constitución Nacional expresa entre los derechos y garantías del trabajador “ igual remuneración por igual tarea” , también existen los convenios 100, 111 y 156 de la Organización internacional del trabajo, que hacen referencia a la discriminación en general, en los que incluyen discriminación salarial, ratificados por nuestro país. Además en la ley de contrato de trabajo se encuentran tras artículos que hacen referencia a la discriminación en el ámbito laboral. El artículo 17 prohíbe la discriminación por raza, sexo , religión u orientación política y gremial; el artículo 81 menciona la posibilidad de hacer distingos acorde a pautas objetivas, como mayor laboriosidad, contracción a las tareas o eficacia; y el artículo 172 se refiere a la prohibición de hacer discriminación en relación a la trabajadora mujer , ya sea por genero o estado civil.