lunes, 2 de mayo de 2011

Las sumas no remunerativas deben ser considerados para el cálculo de la Jubilación

La Corte Suprema de la Nación dejó firme un fallo que determina que lel pago de las sumas "no remunerativas" deben ser considerados para el cálculo de la jubilación. Este es un fallo mas que importantes, ya que el pago de sumas "no remunerativas"  es una práctica muy habitual en los acuerdos salariales. El caso mas destacado es el de empleados de comercio, que actualmente tiene en su escala salarial sumas no remunerativas de mas del 40%.

La sentencia recayó en la causa Lapacó, Miguela contra ANSeS, una médica Jefa de Departamento de uno de los hospitales pediátricos de la Ciudad de Buenos Aires, que se jubiló en el año 2003. En julio de 2009, la Sala I de la Cámara de la Seguridad Social ordenó que se recalculara la jubilación de un trabajador teniendo en cuenta las sumas "no remunerativas" que estuvo percibiendo en estos años. La ANSeS apeló el fallo, pero ahora la Corte desestimó ese recurso, y ahora el fallo quedó firme.

Ahora, de acuerdo al fallo de la Corte, la ANSeS deberá re-liquidar con retroactividad la jubilación de la médica, incorporando las sumas no remunerativas que estabas incluidas en su sueldo. Esto implica implica un incremento aproximado del 20%.

Fuentes del fallo
La ley de jubilaciones sostiene que a los fines previsionales, remuneración es todo ingreso que recibe un trabajador en retribución o compensación por su actividad personal prestados en relación de dependencia, incluidos los suplementos que tengan el carácter de habituales y regulares. En este caso los suplementos percibidos por la médica eran habituales y regulares, por lo que deben ser tomados en cuenta para el cálculo jubilatorio.
 
La Justicia obligó a computar incrementos salariales por sumas fijas en la jubilación
Un nuevo fallo de la Cámara Federal de la Seguridad Social puede transformarse en un antecedente clave que permitirá anticipar la visión de los jueces sobre las subas de sueldo a través de sumas no remunerativas, que han adquirido en los últimos tiempos un alcance general y masivo. La Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social, en el marco de la causa “Chanama, Ramón y otros c/ Estado Nacional – Ministerio de Defensa”, consideró que los pagos no remunerativos y no bonificables -por la masividad con la que se otorgaron y la generalidad de su alcance- deben ser considerados como remunerativos a los fines del ajuste del haber de pasividad del personal retirado.

Los camaristas entendieron el esquema salarial contemplado originalmente par alos empleados de las Fuerzas Armadas ha quedado desvirtuado a partir de la creación de los "adicionales transitorios no remunerativos y no bonificables".

Según este fallo, de esta manera de cumpliría con "la razonable proporcionalidad que debe existir entre el sueldo en actividad y el haber de retiro".

Es que, según detalla, el salario "ha quedado desvirtuado" tras la creación de los "adicionales no remunerativos", por lo que se consideró "razonable atribuirles un carácter particular".

"En consecuencia, su evidente naturaleza salarial permite concluir que se torna imperioso su cómputo para la determinación de los haberes de pasividad", concluyen los camaristas firmantes.

Uso masivo de las sumas no remunerativas
No son pocas los acuerdos entre Cámaras empresarias y sindicatos que incurren en el pago de ítems no remunerativos que no solo afectan al cálculo de las horas extras, de antigüedad y del aguinaldo mientras se está en actividad sino que también impactan fuertemente en los haberes que perciben esos trabajadores cuando se jubilan. Ocho de cada diez acuerdos salariales suscriptos en la ronda de negociación 2008/2009 de los sindicatos, incluyeron pagos fijos y no remunerativos en carácter de incremento en los ingresos del personal.

Pero no solo las empresas echan mano a esta herramienta sino que es una modalidad ampliamente extendida entre los organismos estatales. El Estado, en su rol de empleador, viene haciendo uso masivo de las sumas no remunerativas y no bonificables para todo el personal
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