La asignación no remunerativa para el Personal comprendido en el Régimen establecido por la Ley N° 26.844, en todo el país, resulta diferenciada en tres montos (3000- 1500-1000)según la cantidad de horas semanales que cumpla el trabajador doméstico y se paga durante los meses de octubre y diciembre(en dos cuotas)..
EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO EN CASAS PARTICULARES
RESUELVE:
- PESOS TRES MIL ($ 3.000,00), para el personal que cumpla una jornada semanal de más de 16 horas semanales, pagadero en dos cuotas de PESOS UN MIL QUINIENTOS ($ 1500,00) durante los meses de octubre y diciembre de 2019.
- PESOS UN MIL QUINIENTOS ($ 1.500,00), para el personal que cumpla una jornada semanal de menos de 16 horas y más de 12 horas semanales, pagadero en dos cuotas de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA ($ 750,00) durante los meses de octubre y diciembre de 2019.
- PESOS UN MIL ($ 1.000,00), para el personal que cumpla una jornada semanal de menos de 12 horas semanales, pagadero en dos cuotas de PESOS QUINIENTOS ($ 500,00) durante los meses de octubre y diciembre de 2019.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que las sumas establecidas en la presente no serán compensables a cuenta de futuros aumentos.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. Luis Federico Canedi