miércoles, 3 de octubre de 2018

¿Quiénes deben generar el libre deuda previsional establecido por la Ley 17.250?

Los sujetos comprendidos en el régimen nacional de la seguridad social -empleadores, trabajadores autónomos o monotributistas- cuando gestionen o renueven habilitaciones, licencias o permisos para el ejercicio de actividades comerciales, industriales o de servicios.
También deberán generarlo cuando no se encuentren obligados a efectuar aportes al régimen nacional de la seguridad social, a fin de informar el motivo por el que no realizan aportes al mismo.


Fuente: RG 2191/07

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