miércoles, 31 de julio de 2013

Asignación Universal por Hijo

Consiste en el cobro de una suma de dinero mensual, no remunerativa, que ANSES abona por cada hijo menor de 18 años o con discapacidad, sin límite de edad, a las familias que no cuenten con cobertura social y se encuentren en situación de vulnerabilidad. Con la misma, el Estado busca asegurarse de que los niños y adolescentes asistan a la escuela, se realicen controles periódicos de salud y cumplan con el calendario de vacunación obligatorio.
Se paga a uno solo de los padres. Si ambos cumplen con los requisitos se privilegia como titular de la prestación a la madre. También puede ser liquidada al tutor, curador, guardador o pariente por consanguinidad hasta el tercer grado (un abuelo, un tío, hermano mayor de edad) La asignación se abona hasta un máximo de cinco (5) hijos (considerando primero a los hijos con discapacidad y a los niños/adolescentes en orden de edad de menor a mayor).
Pueden cobrarla:
  • Desocupados
(Aquellos que no perciban ninguna suma de dinero en concepto de prestaciones contributivas o no contributivas, subsidios, planes, jubilaciones, pensiones, etc.)
  • Trabajadores no registrados
(Que ganen igual o menos que el salario mínimo, vital y móvil)
  • Empleados del servicio doméstico
(Que ganen igual o menos que el salario mínimo, vital y móvil)
  • Trabajadores de temporada
(Durante el período de reserva de puesto de trabajo)
  • Monotributistas sociales
(Que ganen igual o menos que el salario mínimo, vital y móvil)
IMPORTANTE
Los hijos deben encontrarse en la misma situación que sus padres. Como se paga hasta un máximo de cinco (5) hijos, si alguno de ellos no cumple con alguno de los requisitos da lugar para el cobro a los que siguen, hasta llegar al máximo indicado.

Montos

Los montos de la Asignación Universal por Hijo e Hijo con Discapacidad para Protección Social son los mismos que los establecidos para las Asignaciones Familiares por Hijo e Hijo con Discapacidad. Acceda aquí a la Cartilla de Montos.
El 80 % del valor de esta asignación se liquida en forma mensual y el 20 % restante se acumula y se liquida una vez al año cuando se verifica el cumplimiento de los requisitos de salud, vacunación y escolaridad del hijo/hijo con discapacidad y de Declaración Jurada del Adulto Responsable.

Requisitos

Del titular

  • Residir en el país. Ser argentino nativo o naturalizado o con residencia legal en el país mínima de 3 años.
  • Tener DNI.
  • Que tanto él como sus hijos se encuentren debidamente acreditados y relacionados en la Base de Personas de ANSES.

Del hijo

  • Tener menos de 18 años de edad.
  • Tener DNI.
  • Residir en el país.
  • Ser argentino nativo o naturalizado o con residencia legal en el país mínima de 3 años.
  • Ser hijo matrimonial o extramatrimonial, adoptado o estar bajo guarda, tutela, o estar a cargo de un pariente por consanguinidad hasta 3º grado (abuelo, tío, hermano)
  • Ser soltero.
  • Figurar en las bases de ANSES relacionado con quienes lo tienen a su cargo.

Del hijo discapacitado

  • Contar con Autorización por Discapacidad vigente emitida por ANSES. Acceda aquí a la cartilla de Cómo tramitar esta Autorización (hacer link a la Cartilla relacionada con la tramitación de la Autorización). 
  • No tiene límite de edad. 
  • Tener DNI. 
  • Ser argentino nativo o naturalizado o con residencia legal en el país mínima de 3 años.
  • Residir en el país. 
  • Ser hijo matrimonial o extramatrimonial, adoptado o estar bajo guarda, tutela, o curatela, o estar a cargo de un pariente por consanguinidad hasta 3º grado (abuelo, tío, hermano).
  • Ser soltero, divorciado, separado legalmente o viudo.
  • Cuando el discapacitado sea mayor de edad y no tenga madre ni padre ni curador se abona la Asignación Universal por Hijo al pariente por consanguinidad o afinidad cuya obligación alimentaria, en los términos de los artículos 367, 368 y 370 del Código Civil, sea declarada o reconocida por Autoridad Judicial competente, ya sea a través de Sentencia o Información Sumaria.
  • Figurar registrado en las bases de ANSES relacionado con quienes lo tienen a su cargo.

Pasos a seguir

Se debe acreditar la identidad de los hijos y la del padre/tutor/guardador/ curador/pariente por consanguinidad o afinidad, mediante DNI. Además, hay que certificar el vínculo entre el hijo y quienes lo tienen a su cargo mediante la presentación de la partida de nacimiento. En los casos de guardas, tutelas, curatelas y parientes por consanguinidad o afinidad, presentando además los testimonios judiciales y documentación pertinentes.
El responsable del menor o persona con discapacidad puede verificar si los datos personales y los de su grupo familiar están registrados en la base de ANSES a través de la sección Trámites en Línea, desde aquí  o a través del número telefónico gratuito de ANSES 130.
  • Si estos datos y las relaciones familiares correspondientes ya están registrados, de cumplir con el resto de los requisitos, la Asignación se cobrará de manera directa sin hacer ningún trámite.
  • Si no están registrados, deberá concurrir con la documentación en original y fotocopias (DNI, partidas de nacimiento, testimonios judiciales) a una delegación de ANSES. Consulte las direcciones desde aquí.
Una vez por año, el adulto responsable deberá presentar ante ANSES la Libreta Nacional de la Seguridad Social, Salud y Educación debidamente cumplimentado. De no haberla recibido, deberá acercar el  Formulario PS.1.47 “Asignación Universal - Salud y Educación y Declaración Jurada”. El trámite puede hacerse desde el primer día hábil de enero hasta el último de diciembre de cada año, para acreditar los datos del periodo anterior. Para ello, debe solicitar un turno previamente a través de sección Trámites en Línea, desde aquí o a través del número gratuito 130.

Cobro de la prestación

Para el cobro de la prestación, el titular debe presentarse en la entidad bancaria asignada con el DNI. Allí se le otorgará una tarjeta magnética que le permitirá retirar el dinero de cualquier cajero automático de la red bancaria.
La consulta del lugar y fecha de cobro puede realizarse por la web, a través de la sección Trámites en Línea, desde aquí o mediante consulta telefónica al 130, el número gratuito de ANSES.
IMPORTANTE
Cuando las Asignaciones Universales hubiesen sido percibidas indebidamente, ANSES procederá a descontar los importes respectivos en forma mensual. Automáticamente, se compensará con las restantes asignaciones universales o familiares que le corresponda percibir al beneficiario/titular hasta el límite de las mismas, y hasta cubrir el total de la deuda.

Libreta Nacional o Formulario de la Seguridad Social, Salud y Educación

Es un documento único y personal de cada niño/a, adolescente, hijo con discapacidad, que funciona como instrumento de control del cumplimiento de los requisitos. Los profesionales de la salud y de la educación deben registrar en sus respectivas áreas los controles médicos, de vacunación, inscripción al Plan Nacer y la asistencia a la escuela. Es importante que el profesional firme y coloque el sello.
De este modo se podrá realizar un seguimiento efectivo de la historia de cada niño/a, adolescente e hijo con discapacidad en relación a la  salud y educación. Asimismo, el responsable del niño o adolescente completará la Declaración Jurada del Adulto Responsable.
El cumplimiento de los controles de salud y de educación, varían de acuerdo a la edad del menor:
Si el menor tiene entre 0 y 5 añosPara los niños de 6 años y menores de 18 años
  • Inscripción en el Plan Nacer del Ministerio de Salud 
  • Control de Vacunación
  • Los niños de 5 años deben cumplir con el requisito de escolaridad 
  • Control de salud
  • Control de Vacunación
  • Escolaridad 

IMPORTANTE
La presentación de esta Libreta o Formulario con los datos completos permitirá:
  • Percibir el saldo anual del 20 % del valor de la asignación retenido mensualmente.
  • y continuar recibiendo mensualmente la Asignación. 
Si el titular NO presenta la Libreta o Formulario durante el plazo citado, ANSES procederá a la suspensión del pago de la Asignación Universal. Esto quiere decir que NO abonará el 20% reservado ni continuará liquidando el 80% mensual.

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