martes, 24 de mayo de 2011

Nuevo Acuerdo Salarial no Homologado para la UOM – Breve Comentario sobre las Características del mismo

El pasado 19/05/11 las entidades signatarias del CCT 260/75 firmaron un nuevo acuerdo de recomposición salarial que a la fecha no ha sido homologado, no obstante ello comentamos cual será la vigencia y las particularidades del mismo:

1) Establecer un incremento salarial escalonado conforme al siguiente cronograma:

- 15% sobre los salarios básicos vigentes al 31/3/2011 a partir del 1/4/2011.
- 10% sobre los salarios básicos vigentes al 30/6/2011 a partir del 1/7/2011.


2) Abonar una gratificación extraordinaria de naturaleza no remuneratoria por única vez de $ 900 pagadera en 3 cuotas de $ 300 cada uno junto con los haberes de enero, febrero y marzo de 2012. Sobre dicha suma solo se ingresará aporte y contribución a la Obra Social – OSUOMRA – que, según surge del texto del acuerdo, deberá ingresarse en una boleta establecida por la misma en su página web y alcanza a todos los trabajadores comprendidos en este acuerdo.
Esta gratificación se liquidará en forma completa al personal que cumpla jornada legal de trabajo, es decir que aquellos trabajadores con jornada parcial, el cálculo será proporcional. Al disponerse que estos aportes y contribuciones no se ingresen a través de AFIP (F. 931) sino que se haga en una boleta dispuesta por la obra social directamente, dejan comprendidos de esta manera a aquellos trabajadores que han ejercido una opción de cambio de obra social y por lo tanto son beneficiarios del CCT 260/75 pero no beneficiarios de la OSUOMRA. Últimamente las obras sociales conscientes de esta realidad están arbitrando los medios para asegurarse el ingreso de esos fondos, aún cuando los trabajadores aportantes no sean usuarios de dichas prestaciones médicas, lo cual nos parece un exceso.

3) El incremento salarial pactado absorbe hasta su concurrencia los pagos efectuados por los empleadores a cuenta de futuros aumentos con posterioridad al 1/4/2011.

4) Las partes convienen crear un "Ingreso Mínimo Global de Referencia" durante el período 1/4/2011 al 31/3/2012, por el cumplimiento íntegro de la jornada legal, de $ 16 por hora y $ 3.200 mensuales.

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