lunes, 19 de agosto de 2013

F. 572 web - AFIP responde consultas puntuales

- Si el empleador determina que por razones administrativas es conveniente que los empleados utilicen el F. 572 web, ¿debe hacerlo por todos los empleados o puede hacerlo sólo por algunos de ellos?
El empleador se encuentra facultado, por razones de simplicidad administrativa, para determinar el universo de empleados que deben utilizar el F. 572 web, los cuales deben estar debidamente notificados. No necesariamente el 100% de la nómina debe emplear tal mecanismo de información.
- ¿Puedo deducirme a través del F.572 web el importe de la devolución del capital de un préstamo personal y/ó prendario?
No podrá ser deducido el importe de la devolución del capital de un préstamo personal y/ó prendario. 
Con mi cónyuge trabajamos en relación de dependencia y tenemos una empleada doméstica ¿Ambos podemos deducir lo abonado?
No, solamente el dador de trabajo y si son ambos en la proporción que realicen el pago. 
- Si ambos cónyuges trabajan ¿se pueden deducir como carga de familia?
Podrán realizar la deducción solamente si no tienen remuneraciones netas superiores al mínimo no imponible en Ganancias, si son superiores no puede ser deducido como carga de familia. Adicionalmente, para que proceda la deducción, la carga de familia debe ser residente en el país y estar a cargo del contribuyente. 
- En caso de derivar mis aportes a una prepaga a través de una obra social sindical ¿Puedo deducir el total de la cuota del plan elegido?
No, solamente el importe que le factura la prepaga, lo descontado por recibo de haberes se toma automáticamente como deducción. Asimismo dicha deducción tiene un tope del 5% de la ganancia neta sujeta a impuesto de cada agente.
- ¿Puedo deducirme la cuota con destino a la asociación sindical?
Los importes de las cuotas con destino a las asociaciones sindicales serán deducibles a los efectos de la determinación del monto sujeto a retención.
- Pago diferencia de obra social por mi grupo familiar y también le pago la obra social a mi madre, a quien tengo como carga de familia. ¿Puedo deducir ambos importes a través del F.572 web?
Sí, deberá informar los importes mensuales que correspondan a cada CUIT de obra social.
- Si estoy afiliado a una prepaga directamente ¿Qué porcentaje me puedo deducir a través del F.572 web?
Se puede deducir el 100%, es decir la totalidad del monto mensual que se abonó en concepto de cuota afiliación y el empleador, de corresponder, aplicará hasta el tope del 5% de la ganancia neta de cada trabajador. 
- Si por una consulta médica la obra social me reconoce un reintegro menor a la erogación ¿Puedo deducirlo de Ganancias a través del F.572 web?
Si, se puede deducir el 40% del resto no reintegrado. 
- ¿Puedo deducir a través del F.572 web el 40% de la consulta abonada a un médico, si éste no me la facturó?
No, la norma especifica que debe haber sido efectivamente facturada por el prestador del servicio.
- En caso de poseer un seguro de vida y capitalización ¿Puedo deducir toda la prima?
No, solamente la parte que cubre el riesgo de muerte, deberá pedirle a la compañía aseguradora que le discrimine cuanto corresponde a cada concepto. 
- ¿Debo esperar a fin de año para declarar los gastos médicos en el F.572 web?
Independientemente que la deducción procede únicamente en la liquidación final del período fiscal, se puede ir cargando el detalle de las facturas de manera mensual detalladas por cada CUIT o profesional durante todo el transcurso del año.
- ¿Puedo deducirme a través del F.572 web los seguros que pago dentro de la cuota del préstamo hipotecario?
Sólo se podrá deducir los seguros que cubren el riesgo de muerte y deberá agregarlo dentro del ítem “primas de seguro para el caso de muerte”.
- ¿Se deben informar los importes de descuentos no obligatorios que figuran en el recibo de sueldo?
Aquellos conceptos no obligatorios que el empleador descuente por recibo de sueldo por voluntad del trabajador (por ejemplo: seguro de vida no obligatorio y montos abonados a empresas de medicina prepaga por sobre los descuentos obligatorios de ley) deben ser informados por el trabajador en el F.572 web. 
- ¿Puedo deducirme a través del F.572 web los intereses de un préstamo hipotecario de una vivienda que no es mi casa habitación?
No, solo podrá deducirse los intereses correspondientes a créditos hipotecarios que les hubieren sido otorgados por la compra o la construcción de inmuebles destinados a casa habitación del contribuyente, o del causante en el caso de sucesiones indivisas y que haya sido otorgado a partir del 1 de enero de 2001.
-¿En qué período fiscal puede tomarse como pago a cuenta las percepciones sufridas por compras en el exterior mediante tarjeta de crédito, compra y/o débito?
Las percepciones por compras en el exterior con tarjeta de crédito, compra y/o débito podrán computarse en el período en que se abone el correspondiente resumen.
- ¿Debo esperar a fin de año para declarar los impuestos a los débitos y créditos bancarios a través del F.572 web?
Independientemente que la deducción procede únicamente en la liquidación final del período fiscal, se puede ir cargando el 17% ó 34%, según corresponda, de lo detallado mensualmente por cada CUIT o entidad bancaria.
- ¿Qué limite tiene la deducción de las donaciones y como debo de informarlo en el servicio “SiRADIG - Trabajadores” si me excedo del límite determinado en la reglamentación?
Es limite es del 5% de la ganancia neta del ejercicio de cada trabajador, pero se deberá declarar lo realmente donado y el empleador aplicará el tope establecido en la ley.
- Si las deducciones a informar por servicio doméstico exceden el límite determinado en la reglamentación, ¿cómo lo informo en el F.572 web?
Se deberá declarar el total de los importes abonados en el período fiscal en concepto de contraprestación de los servicios prestados y contribuciones patronales. El empleador aplicará el tope establecido en la ley.
- ¿Siendo profesional matriculado, puedo deducirme través del F.572 web el aporte jubilatorio realizado a la caja profesional?
Sí, se puede deducir. 

Fuente: iprofesional

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