Sabido es que el derecho de pensión constituye una prestación alimentaria, sustitutiva del salario (o jubilación, en caso de fallecimiento de un pasivo) que deja de ingresar al núcleo familiar por causa del deceso del trabajador.
La ley establece que son beneficiarios de pensión, entre otros, el cónyuge supérstite y los hijos menores, quienes percibirán el haber hasta cumplir la mayoría de edad.
Pero, ¿qué ocurre cuando fallece un/a empleado/a divorciado/a?
En principio, la ruptura del vínculo matrimonial hace desaparecer el derecho a pensión, mas existen dos situaciones en las que el mismo subsiste pese al divorcio, a saber:
1. cuando la culpa del divorcio fue exclusiva del causante (el cónyuge fallecido), y
2. en caso de que haya mediado consentimiento de ambos esposos para divorciarse, cuando el cónyuge supérstite percibía alimentos de parte del causante o, al menos, los había reclamado.
El primer supuesto se sustenta en lo injusto que sería privar del beneficio a quien no dió motivo al divorcio.
En tanto, la segunda hipótesis se fundamenta en el carácter sustitutivo de la pensión, que viene, justamente, a sustituir a la cuota alimentaria que pasaba el causante en vida.
Y en este último caso es dable hacer una advertencia: muchas veces ocurre que los divorcios, por cuestiones de agildad, se resuelven por presentaciones conjuntas y, cuando se celebran convenios sobre alimentos, se menciona que los mismos son destinados a los hijos menores, sin incorporar en la cuota alimentaria al cónyuge a quien se le otorga la tenencia (y crianza, con todo lo que ello implica) de aquéllos, quien, por lo general, es la madre.
Lo cierto es que, en la mayoría de los casos, esos alimentos dispuestos exlusivamente a favor de los hijos y no de la cónyuge, son administrados por ésta y constituyen el único ingreso familiar.
Luego, al fallecer el causante, la ex esposa queda desprovista de la prestación previsional, sólo por no haberse consignado en el acuerdo de alimentos que los mismos (sin variar el monto), eran, no sólo para los hijos, sino también para ella.
Es por ello que resulta necesario prever cualquier tipo de contingencia, a la hora de llevar adelante un trámite de divorcio, puesto que una mala estrategia puede derivar en consecuencias no deseadas y, generalmente, dramáticas.
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