La Ley actual exige a los trabajadores reunir una cantidad mínima de aportes para tener derecho al retiro por invalidez o a la pensión en caso de fallecimiento. De acuerdo a la cantidad de aportes que reúna, existen diferentes categorías: >> APORTANTE REGULAR CON DERECHO: Es aquel que registre 30 meses aportados dentro de los últimos 3 años anteriores al fallecimiento o a la solicitud del retiro por invalidez. También es aportante regular, aquel que acredite 30 años de servicios con aportes. >> APORTANTE IRREGULAR CON DERECHO: Es aquel que registre 18 meses aportados en los últimos 3 años. Este aportante tendrá derecho al retiro por invalidez y sus familiares a la pensión, pero el importe del beneficio será menor. También es considerado aportante irregular con derecho, aquel que acredite el 50% de los años exigidos para acceder a la jubilación ordinaria, siempre y cuando cuente con 12 meses de aportes dentro de los últimos 5 años anteriores al fallecimiento o a la solicitud del retiro por invalidez. |
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sábado, 28 de mayo de 2011
Regularidad en los aportes jubilatorios
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