sábado, 28 de mayo de 2011

Regularidad en los aportes jubilatorios

La Ley actual exige a los trabajadores reunir una cantidad mínima de
aportes para tener derecho al retiro por invalidez o a la pensión en
caso de fallecimiento. De acuerdo a la cantidad de aportes que
reúna, existen diferentes categorías:


>> APORTANTE REGULAR CON DERECHO:


Es aquel que registre 30 meses aportados dentro de los últimos
3 años anteriores al fallecimiento o a la solicitud del retiro por invalidez.


También es aportante regular, aquel que acredite 30 años de servicios
 con aportes.


>> APORTANTE IRREGULAR CON DERECHO:


Es aquel que registre 18 meses aportados en los últimos 3 años.
 Este aportante tendrá derecho al retiro por invalidez y sus
familiares a la pensión, pero el importe del beneficio será menor.


También es considerado aportante irregular con derecho, aquel
que acredite el 50% de los años exigidos para acceder a la
 jubilación ordinaria, siempre y cuando cuente con 12 meses
de aportes dentro de los últimos 5 años anteriores al fallecimiento
o a la solicitud del retiro por invalidez.

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